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MITIGACIÓN DE IMPACTOS AL SISTEMA DE MOVILIDAD


Los proyectos que conlleven crecimiento urbano por extensión o por densificación y ocasionen impactos relevantes sobre la movilidad local deberán ser mitigados a través de la ejecución de medidas relacionadas con la gestión e infraestructura del transporte público y privado y los modos no motorizados, y sus servicios conexos.1

Su Objetivo es mantener estándares de servicio en un nivel semejante al existente, considerando las características de la zona en que se emplaza y resguardando la circulación segura de peatones y medios de transporte, las condiciones de accesibilidad del proyecto, su interacción con el sistema de movilidad y su inserción armónica con el entorno urbano.

Sistema de Movilidad Local

El sistema de movilidad local corresponde al conjunto de obras físicas y de medidas de gestión de transporte público y privado que, relacionadas entre sí, permiten,
fomentan, condicionan o inhiben el tránsito por vías de uso público, en lo que respecta a los desplazamientos de personas y bienes y el acceso a los destinos requeridos, sea mediante modos motorizados o no motorizados.

Presentación

Presentación

Area de Influencia

Zona en la que se debe analizar y mitigar los impactos relevantes que se producirían en el sistema de movilidad local, como consecuencia de la puesta
en operación de un proyecto.

Sistemas

  • Soluciones
    • Pistas Exclusiva para Buses
    • Terminales
    • Paraderos
    • Semaforización
    • Señalización
    • Habilitación de ciclovías
    • Mejoramiento o adecuación a la vialidad
  • Área de influencia.

Mitigaciones y Aportes al Espacio Público LGUC, cap V

  • Principios
    • Universalidad
    • Proporcionalidad
    • Predictibilidad
  • Crecimiento Urbano
    • Extensión
    • Densificación
  1. Mitigación de impactos al sistema de movilidad
    • Antecedentes.
      • Ley N° 20958, que establece un sistema de aportes al espacio público.
        • La principal modificación consistió en la incorporación de un nuevo Título V en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, «De las Mitigaciones y Aportes al Espacio Público», dentro del cual se incluyó un Capítulo II, titulado «De las Mitigaciones Directas», conformado por los nuevos artículos 170 a 174.
        • Establece que los proyectos que conlleven crecimiento urbano por extensión o por densificación y ocasionen impactos relevantes sobre la movilidad local deberán ser mitigados a través de la ejecución de medidas relacionadas con la gestión e infraestructura del transporte público y privado y los modos no motorizados, y sus servicios conexos.
      • Decreto 30; Reglamento sobre Mitigación de impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de proyectos de crecimiento urbano. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transporte.

Flujo

  1. Ley General de Urbanismo y Construcción, Capítulo V ↩︎

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