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Dirección de Obras Municipales

Funciones :

Sus funciones de acuerdo al Artículo N° 24 de la Ley 18.695 son:

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcción, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones:

  • Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanos rurales.
  • Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcciones en general, que se efectúen en las áreas urbanas o urbanas rurales. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como las ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
  • Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas.
  • Fiscalizar la ejecución de dichas obras el momento de su recepción.
  • Recibir de las obras ya citadas y autorizar su uso.

b) Realizar tareas de inspección a las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
c) Verificar el cumplimiento de normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización al otorgar los permisos correspondientes.
d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
e) Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
f) Asesorar la construcción de viviendas sociales e infraestructura sanitaria y la prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia.
g) Aplicar las normas generales sobre construcciones y urbanización en la comuna, específicamente las establecidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. 458/MINVU-1977), la Ordenanza General de dicha Ley (D.S. 47/MINVU-1992), y el Plan Regulador Comunal de Arica vigente, en especial, la siguiente detallada en la Ley 18.695:


Certificado de Información Previa

El certificado de Informaciones Previas o Informes Previos contiene la información a la cual se debe acoger un proyecto de edificación como condiciones, limitantes y la normativa urbanística que rige sobre el predio, por el Plan Regulador Comunal (PRC), Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) y la Lay General de Urbanismo y Construcción.  

Información en http://www.muniarica.cl

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